TSE ordena a JCE incluir a residentes de Costa Azul en colegios electorales de circunscripción 1 del DN – El Nuevo Diario (República Dominicana)


Miembros del TSE. (Fuente externa)

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó este lunes a la Junta Central Electoral (JCE) garantizar el derecho al voto de los habitantes de la urbanización Costa Azul, disponiendo su inclusión en los colegios electorales de la circunscripción 1 del Distrito Nacional o en su defecto mediante la creación de nuevos recintos en la demarcación.

La decisión fue adoptada por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, en virtud de los artículos 58, 59 y 90 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, así como el artículo 2 de la Ley 163-01, que crea la provincia Santo Domingo.

El fallo responde a una acción de amparo presentada por la junta de vecinos de Costa Azul, representada por su presidente Diógenes Bayobanex Reyna Brito, en reclamo de que se reconozca a los residentes de la zona el derecho a elegir y ser elegibles.

El tribunal recordó que según la legislación electoral vigente, la JCE está obligada a crear los colegios electorales necesarios con no menos de 30 días de anticipación a las elecciones, determinando sus ubicaciones y demarcaciones.

La alta corte dispuso que la sentencia sea notificada a las partes a través de la Secretaría General y publicada en el portal institucional del TSE.

Otras decisiones

En cuanto al expediente núm. TSE-05-0010-2025, correspondiente a una acción de amparo de extrema urgencia interpuesta por Isaías Armando Lara Marmolejos contra el partido Fuerza del Pueblo (FP) y su Comisión Nacional Electoral, el tribunal dejó constancia del desistimiento del accionante y ordenó archivar el caso.

Audiencias aplazadas

Asimismo, el TSE aplazó para el lunes 13 de octubre dos procesos contra la JCE, tras ordenar una prórroga en la comunicación recíproca de documentos y disponer la citación de las partes no comparecientes.

Se trata de una solicitud de medida cautelar de extrema urgencia y de un recurso contencioso electoral interpuesto contra las resoluciones núms. 15-2025 y 16-2025, emitidas por la JCE el 3 de julio de este año. Ambos procesos fueron sometidos por los partidos Justicia Social (PJS), Unidad Nacional (PUN) y Opción Democrática (OD).


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