Sesión de este martes. (Fuente: Senado)
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El pleno del Senado aprobó este martes en primera lectura el proyecto que busca modernizar el Código de Trabajo de la República Dominicana.
Esta iniciativa que fue sometida por el Poder Ejecutivo en octubre de 2024, tiene como objetivo reinventar la Ley 16-92 con la reformulación de más de 100 artículos.
Con la nueva normativa se ampliarán y fortalecerán los derechos de los trabajadores así como también las relaciones entre estos y los empleadores.
En esta modificación los congresistas no tocaron uno de los artículos que más preocupación genera para los sindicalistas y la clase trabajadora, la cesantía laboral.
Con esta actualización también se busca dotar al Ministerio de Trabajo de las herramientas necesarias para hacer cumplir la nueva ley.
Dentro de esos cambios está la exclusión de la figura de un juez conciliador que contemplaba la propuesta del Gobierno.
La iniciativa legislativa establecía que los juzgados de trabajo se conformarían por un juez titular que fungiría como presidente y un juez conciliador y que ambas figuras iban a hacer designadas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Es importante destacar, que esta pieza legislativa que está dentro del grupo de las priorizadas por el Congreso no logra ser aprobada en ambas cámaras antes del 26 de julio, va a perimir.
Si perime tendrá que ser reintroducida en la legislatura siguiente y los legisladores tendrán que iniciar desde cero con el análisis de la misma.
Tomando en cuenta que para el cierre de la actual legislatura solo faltan unas tres semanas, ¿Podrán los parlamentarios agotar todo el proceso a tiempo?
Y es que una vez la iniciativa se apruebe en segunda lectura en la Cámara Alta será remitida a la Cámara de Diputados, donde deberá ser enviada a comisión para luego sancionarse en dos lecturas también.
Para lograr convertir en ley esta reforma laboral, los diputados cuando la reciban deberán enviarla a comisión a plazo fijo de no más de una semana para darle celeridad al proceso.
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